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El Gobierno regula las condiciones administrativas y técnicas para la conexión de las instalaciones de pequeña potencia

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Published on: 17/12/2011

El Real Decreto aprobado hoy allana el camino a la generación distribuida al simplificar la tramitación para la entrada en el sistema de pequeñas instalaciones de generación eléctrica, preparando las condiciones para dar paso al autoconsumo.

La norma facilitará el desarrollo de energías renovables en viviendas y PYMES. Se complementará con la normativa de balance neto, en fase de elaboración, que regulará el autoconsumo. La paulatina entrada de este tipo de pequeñas plantas modificará el actual modelo centralizado de grandes instalaciones eléctricas al promover un nuevo sistema de generación cada vez más distribuida, con importantes ventajas para el sistema y consumidores.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto que regula las condiciones administrativas y técnicas básicas para la conexión de las instalaciones de fuentes renovables y de cogeneración de pequeña potencia. La nueva normativa, que traspone nuestra legislación parte de la Directiva Europea de Energías Renovables, se suma a la ya existente en este capítulo y tiene como finalidad simplificar la tramitación exigida para acelerar la entrada en el sistema eléctrico de instalaciones de pequeño tamaño.

La norma permitirá el acceso de las viviendas y pequeños comercios a la generación eléctrica a pequeña escala para, una vez se establezca la regulación de balance neto en el que se está trabajando, se pueda autoconsumir la energía producida.

Este procedimiento para el suministro en la modalidad de balance neto será aprobado en los próximos meses, tal y como establece el Real Decreto aprobado hoy.

La paulatina entrada en el sistema eléctrico español de este tipo de pequeñas plantas generadoras de electricidad promoverá una generación cada vez más distribuida, modificando el actual modelo centralizado de grandes instalaciones eléctricas con numerosas ventajas para el sistema y para el propio consumidor. Respecto al sistema eléctrico, el sistema de generación eléctrica distribuida supondrá menores pérdidas de energía en las redes y la reducción de inversiones económicas en transporte y distribución, además de un ahorro de energía primaria. Para los consumidores, la mejora de la autonomía energética y de la seguridad de suministro. El Real Decreto aprobado hoy establece el procedimiento a seguir para la tramitación por parte del titular de la instalación o, en su caso, el que pretenda adquirir esta condición, de la solicitud de acceso y conexión a la red. Asimismo, se regula un procedimiento abreviado para las instalaciones de potencia no superior a 10 kW que pretendan conectarse en la red de distribución en baja tensión.

Relaciones entre el pequeño productor y la empresa distribuidora.

El Real Decreto detalla todos los aspectos que puedan surgir en la relación entre el generador de energía mediante una pequeña instalación y el distribuidor, y entre ellas estipula la fijación del procedimiento de medida y facturación para permitir y garantizar la correcta medida y facturación de la energía producida.

Determina también las condiciones técnicas de acceso y conexión que deberán ser notificadas por la empresa distribuidora en determinado plazo, y las condiciones económicas de la conexión, especificando en qué casos el coste será a cargo del titular de la instalación de generación.

En la nueva normativa se describen los aspectos relativos a la elaboración del contrato y a las obligaciones de suscripción por parte de la empresa distribuidora, y se detallan las obligaciones del titular de la instalación, responsable de mantener la instalación en perfectas condiciones de funcionamiento.

El Real Decreto aclara, además, que como paso previo a efectuar la conexión a la red, es necesario emitir un boletín de las características principales de la instalación y de superación de las pruebas de la instalación. Asimismo se recogen los tipos de protecciones con los que deberá contar la instalación, las condiciones en las que se efectuará la puesta a tierra de la instalación conectada, y lo relativo a armónicos y compatibilidad electromagnética y garantía de seguridad en trabajos de la red de distribución.

Finalmente, se llevan a cabo otras modificaciones reglamentarias al objeto de optimizar los flujos de información entre los órganos competentes de las comunidades autónomas, el MITYC, y la Comisión Nacional de la Energía (CNE), para de esta forma mejorar el servicio prestado a los administrados.

El Govern probará un sistema de molinos de viento

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Published on: 11/12/2011

El Govern probará un sistema de molinos de viento en primera línea de la Platja de Palma

Instalarán aerogeneradores de energía limpia de menos de diez metros, diseño moderno e impacto visual similar a las actuales farolas

Lo primero: que no cunda el pánico. El titular es cierto de cabo a rabo, pero que nadie piense que el Govern se ha vuelto loco y pretende destrozar más la imagen de una de las principales zonas turísticas de la isla con gigantescos molinos de aspas de diez metros y la altura de un hotel. No. No es eso. Según confirma el director general de Energía del Govern, Jaime Ochogavía, el proyecto es mucho más amable y menos impactante que eso: la idea que están cocinando pasa por probar en primera línea de la Platja de Palma y en algunos otros puntos de la ciudad, como Gran Vía Asima, unos modernos “aerogeneradores verticales”, aparatos de potencia reducida, que apenas sufren con las turbulencias propias de una urbe y pueden alimentar con energía limpia el sistema eléctrico sin un impacto estético negativo.

Ni hacen ruido, ni deslucen el paisaje, excusa Ochogavía, que tiene un buen puñado de ejemplos para demostrarlo. En las imágenes que acompañan a esta página pueden ver algunos de ellos, como los que coronan la primera línea de la bahía de Boston, similares al que ya luce junto al Capitolio de Estados Unidos, en Washington. O los únicos que hasta hoy se han instalado en España, los que desde abril caracterizan con su diseño cuidado y audaz uno de los puentes sobre el río Pisuerga, en Valladolid.

El ejemplo de la capital castellana es quizá el mejor, la senda a seguir por el Govern, que no quiere dar pasos en falso con una materia tan sensible. En la Dirección General de Energía son conscientes de que cada vez que en Mallorca se ha planteado la instalación de parques eólicos la contestación vecinal y turística ha sido inmediata. Fruto de ello el hecho de que Balears sea la comunidad más atrasada en materia de energía renovables: solo 58 de los 24.720 megavatios limpios instalados en España están en el archipiélago (el 0,16% del total).

vía El Govern probará un sistema de molinos de viento en primera línea de la Platja de Palma – Diario de Mallorca.

La CNE abre un expediente a comercializadoras de electricidad por su comportamiento en el mercado

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Published on: 04/12/2011

La CNE abre un expediente a comercializadoras de electricidad por su comportamiento en el mercado

El consejo de administración de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) ha abierto un expediente informativo para analizar el comportamiento de algunas empresas comercializadoras de electricidad en el mercado intradiario.

La CNE abre un expediente a comercializadoras de electricidad por su comportamiento en el mercado

En una nota, el regulador indica que emprende esta acción en su función de supervisor del mercado mayorista de electricidad, y que el objeto de la misma se refiere a la conducta de comercializadoras que compran la mayor parte de la energía en el mercado intradiario.

Este mercado tiene como cometido atender los ajustes sobre el programa diario variable definitivo mediante la presentación de ofertas de venta y adquisición de electricidad por parte de los agentes del mercado.

Sin embargo, el organismo presidido por Alberto Lafuente considera que algunas de estas empresas no están utilizando este mercado para hacer ajustes, sino como mercado principal, ya que adquieren en él la mayor parte de la energía que comercializan.

La CNE pretende analizar este comportamiento y estudiar si es compatible con la normativa vigente, por lo que ha decidido abrir este expediente informativo.

vía La CNE abre un expediente a comercializadoras de electricidad por su comportamiento en el mercado – Material Eléctrico | Voltimum ES.

El Gobierno prorroga las ayudas a la compra de vehículos eléctricos

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Published on: 04/12/2011

El Gobierno prorroga las ayudas a la compra de vehículos eléctricos

El RD aprobado hoy amplía el periodo de solicitud de ayudas hasta el 15 de diciembre de 2011 y desde el 1 de enero hasta el 30 de noviembre de 2012.

El Gobierno prorroga las ayudas a la compra de vehículos eléctricos

Esta ampliación está motivada por el retraso a 2012 de gran parte de la oferta prevista de vehículos eléctricos y busca transmitir un apoyo claro al desarrollo del vehículo eléctrico en nuestro país.

El Consejo de Ministros, en su sesión de hoy, ha aprobado un Real Decreto para ampliar hasta finales de 2012 el plazo para que los usuarios soliciten ayudas directas a la compra de vehículos eléctricos, con el objetivo de evitar un estancamiento de la demanda debido al retraso a 2012 de la llegada al mercado de muchos modelos eléctricos. C

on esta prórroga de las ayudas el plazo para presentar las solicitudes se amplía en dos semanas, hasta el 15 de diciembre de 2011, y entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2012. Las ayudas mantienen las mismas características que las aprobadas mediante el Real Decreto 648/2011, del 9 de mayo.

El estímulo a la demanda de vehículos eléctricos mediante ayudas directas a la compra es una de las medidas incluidas dentro del Plan de Acción 2010-2012 de la Estrategia Integral para el Impulso del Vehículo Eléctrico en España 2010-2014, elaborada por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio tras debates con los agentes del sector. Además del apoyo a la demanda, el Plan de Acción también contiene actuaciones en los ámbitos de la industrialización y la I+D+i, la infraestructura de recarga y la gestión energética, así como medidas transversales.

A lo largo de 2011, distintas marcas han ido concretando su oferta de vehículos eléctricos y, también a lo largo de 2011, la industria española ha puesto en marcha planes de fabricación y desarrollo de vehículos eléctricos. No obstante, analizando la oferta de las principales marcas se concluye que el 54% de los modelos de vehículos eléctricos previstos para 2011/2012 han sufrido retrasos, lo que ha afectado a la demanda.

Se prevé que desde finales de 2011 y durante 2012 se consolide la oferta de estos vehículos, con la incorporación de modelos fabricados en plantas españolas. La ampliación de las ayudas se ajusta así a la disponibilidad de modelos en el mercado y pretende incentivar la demanda cuando se va a consolidar la oferta, dando una señal clara a los fabricantes de la apuesta de España por el vehículo eléctrico.

La financiación de la prórroga en 2011 se realizará con cargo al remanente existente, a 1 de diciembre de 2011, en el vigente Presupuesto de Gastos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, por un importe no superior a 1 millón de euros. Las solicitudes presentadas desde 1 de enero de 2012 a 30 de noviembre de 2012 se financiarán con cargo al presupuesto para 2012, por un importe máximo de 49 millones de euros.

vía El Gobierno prorroga las ayudas a la compra de vehículos eléctricos – Material Eléctrico | Voltimum ES.

SE APRUEBA LA NORMATIVA PARA EL AUTOCONSUMO ELÉCTRICO DE VIVIENDAS Y COMERCIOS

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Published on: 23/11/2011

El Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó un Real Decreto que regulará las condiciones para la conexión de las instalaciones de fuentes renovables y de cogeneración de pequeña potencia al sistema eléctrico, lo que prepara las condiciones para el autoconsumo.

Tal y como se explica en la nota publicada por del Gobierno saliente, esta regulación “allana el camino a la generación distribuida al simplificar la tramitación para la entrada en el sistema de pequeñas instalaciones de generación eléctrica”, y “facilitará el desarrollo de energías renovables en viviendas y PYMEs.

Se complementará con la normativa de balance neto, en fase de elaboración, que regulará el autoconsumo”. Se espera que la paulatina entrada de este tipo de pequeñas instalaciones generadoras modificará el actual modelo centralizado de grandes instalaciones generadoras al promover un nuevo sistema de generación cada vez más distribuida, con importantes ventajas para el sistema y los consumidores.

El nuevo RD traspone a la legislación española parte de la Directiva Europea de Energías Renovables, se suma a la ya existente en este capítulo y permite el acceso de las viviendas y pequeños comercios a la generación eléctrica a pequeña escala para, una vez que se establezca la regulación de balance neto se pueda autoconsumir la energía producida.

Según la nota del Ministerio de Industria “el sistema de generación eléctrica distribuida supondrá menores pérdidas de energía en las redes y la reducción de inversiones económicas en transporte y distribución, además de un ahorro de energía primaria; y para los consumidores, la mejora de la autonomía energética y de la seguridad de suministro”. El RD aprobado establecerá también un procedimiento para las instalaciones de potencia no superior a 10 kW que pretendan conectarse en la red de distribución en baja tensión.

La nueva disposición detalla todos los aspectos que puedan surgir en la relación entre el generador de energía mediante una pequeña instalación y el distribuidor. Entre ellos, estipula la fijación del procedimiento de medida y facturación para permitir y garantizar la correcta medida y facturación de la energía producida.

Determina también las condiciones técnicas de acceso y conexión que deberán ser notificadas por la empresa distribuidora en determinado plazo y las condiciones económicas de la conexión, especificando en qué casos el coste será a cargo del titular de la instalación de generación.

Señalar también lo que parece ser que supondrá una modificación del actual REBT al establecerse que “como paso previo a efectuar la conexión a la red, es necesario emitir un boletín de las características principales de la instalación y de superación de las pruebas de la instalación.

Asimismo, se recogen los tipos de protecciones con los que deberá contar la instalación, las condiciones en las que se efectuará la puesta a tierra de la instalación conectada, y lo relativo a armónicos y compatibilidad electromagnética y garantía de seguridad en trabajos de la red de distribución”.

vía ASINEM – Associació d’Empresaris d’Instal·lacions Elèctriques i de Telecomunicacions de Mallorca – Autoconsumo eléctrico.

Sampol Energía rompe el monopolio de Endesa al poder distribuir energía eléctrica en Balears

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Published on: 16/11/2011

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha rechazado el recurso planteado por Endesa contra la empresa Sampol Energía, S.L. para evitar que pudiera distribuir energía eléctrica en las Islas. Con esta sentencia, contra la que cabe recurso ante una instancia superior, se permite la existencia en Balears de más empresas que puedan distribuir energía eléctrica.

Gabriel Sampol, presidente de Sampol, Ingeniería y Obras, afirma que «esta sentencia propicia la ruptura del tradicional monopolio que Endesa ha tenido en Balears durante más de 60 años en la distribución de energía. Para nosotros y para el Govern supone un hito histórico, puesto que se abre la libre competencia y permite la existencia de una empresa, como Sampol Energía, S.L., que podrá suministrar energía más barata a las empresas y ciudadanos de las Islas».

Producción eléctrica

El recurso de Endesa vino motivado por la decisión estratégica de Sampol, Ingeniería y Obras, tras firmar un convenio en 2009 con el Govern, de invertir unos 25 millones de euros en la ampliación de la central de cogeneración eléctrica del Parc Bit y una subestación en unos terrenos anexos de su propiedad que permitiera suministrar energía eléctrica al parque tecnológico, al metro y al hospital de Son Espases y energía térmica mediante agua (calorífica y frigorífica) al Parc Bit, con lo que rompía el monopolio de Gesa-Endesa en cuanto a la producción de energía en las Islas.

Sampol reconocía hace unos meses que «ha sido posible romper el monopolio de Gesa-Endesa gracias a Red Eléctrica, una empresa que ayuda a todos los puntos de conexión, que además paga el sistema eléctrico nacional y no el promotor».

La sentencia del TSJB abre el libre mercado y la libre competencia, «que es la única solución para abaratar costes, tan necesario en estos momentos para la recuperación de la competitividad y eficiencia del mercado industrial en Balears».

Para Sampol, «se abre un nuevo futuro en la distribución de energía eléctrica, en la que nosotros, como productores, podremos afrontar nuevos proyectos en Balears, como en polígonos, urbanizaciones y zonas urbanas en las que el suministro eléctrico que se daba no era el esperado. Nosotros representamos un nuevo modelo de producción de energía innovadora en que se consagran la eficiencia, el ahorro de emisiones de CO2 y un nulo impacto ambiental».

LA COMISIÓN NACIONAL DE LA COMPETENCIA MULTA A UNIÓN FENOSA CON CASI 2 MILLONES DE EUROS

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Published on: 11/10/2011

El pasado 21 de septiembre el organismo que preside Luis Berenguer dictó resolución por la que impone una sanción de 1.938.000 euros en la denuncia presentada en su día por FENIE y APIEM (Asociación de instaladores de Madrid)

Según la CNC Unión Fenosa, al igual que Endesa, usaba la información contenida en las solicitudes de suministro tramitadas habitualmente por los instaladores autorizados de su zona a la que tenía acceso en su condición de distribuidor para presentar oferta o contraoferta para la ejecución de los trabajos encargados a los instaladores. La Comisión señala en su resolución que esta información no era accesible a ninguna otra empresa instaladora, en concreto los datos de cada cliente que necesitaba una instalación de enlace para obtener el suministro eléctrico o ampliar la potencia del existentes, así como todos los detalles técnicos del punto de suministro.

Al igual que hizo en el contencioso ASINEM-Endesa e invocando las sentencias de la Audiencia Provincial y Tribunal Supremo al respecto, el organismo establece

que la normativa distingue entre las actividades de instalación que están reservadas a los distribuidores, y las que no. “La ejecución de las instalaciones no reservadas al distribuidor puede llevarse a cabo en libre competencia por cualquier instalador autorizado”, establece la resolución de la CNC.

De esta forma, las empresas habrían aprovechado su posición en el mercado de la distribución para competir de manera privilegiada en el mercado conexo de las instalaciones no reservadas, colocando al resto de instaladores en una posición de desventaja afectando así a la libre competencia que la Comisión debe garantizar en todos los ámbitos de la economía.

Asimismo, señala que la oferta de estas empresas, en los respectivos mercados en los que disponen de posición de dominio, siempre era la primera que recibía el cliente, “de modo que aprovechaban la remisión de una respuesta al cliente a la que estaban obligadas por normativa para realizar ofertas comerciales que iban más allá de sus obligaciones como distribuidor. Esta conducta impedía al resto de operadores competir con ellas en situación de mínima igualdad de condiciones”.

Hidrocantábrico

La CNC ha castigado también a Hidrocantábrico por distorsionar las condiciones de competencia en el mercado de la instalación, mantenimiento y reparación de instalaciones eléctricas y electrodomésticos. En concreto, el organismo la acusa de hacer uso de su monopolio en la distribución de energía eléctrica en Asturias, “Disponía en exclusiva de la información completa sobre los clientes ligados a sus redes y, en el primer semestre de 2005, usó dicha información privilegiada (la base de datos de clientes), junto al uso de medios propios de la distribuidora (el envío postal regular de los recibos de la luz), para realizar una campaña publicitaria sobre servicios ajenos a la distribución de energía eléctrica (servicio Funciona) y a favor de HC Energía (filial de su grupo empresarial)”.

vía ASINEM – Associació d’Empresaris d’Instal·lacions Elèctriques i de Telecomunicacions de Mallorca – Multa a Unión Fenosa.

FACUA valora positivamente el expediente de Madrid a las eléctricas y anuncia denuncias ante el resto de comunidades

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Published on: 26/03/2011

FACUA-Consumidores en Acción valora positivamente el expediente sancionador de 3,87 millones de euros abierto por la Comunidad de Madrid a tres eléctricas y anuncia una batería de denuncias contra el sector en el resto de comunidades autónomas para que lleven a cabo actuaciones similares.

El expediente sancionador del Gobierno madrileño es una consecuencia del modelo de facturación impuesto por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio que fue rechazado desde el principio por las asociaciones de consumidores.

El motivo fundamental del expediente sancionador es el cobro de servicios no prestados a los usuarios, algo que se produce al facturar mensualmente leyendo los contadores bimestralmente.

Con ello, en la mitad de las facturas se refleja un consumo estimado y no real, basado en la energía consumida en el mismo periodo del año anterior. Así, en los casos en que que las estimaciones suponen más kWh de los realmente consumidos, las compañías cobran cantidades que descuentan en el siguiente recibo cuando realizan las lecturas de los contadores.

Batería de denuncias en los próximos días

FACUA presentará en los próximos días denuncias contra las compañías eléctricas ante las direcciones general competentes en materia de protección de los consumidores de las comunidades autónomas.

En ellas planteará, entre otras cuestiones, que este cobro de consumos no realizados supone una práctica abusiva, y por tanto prohibida, según lo establecido en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

FACUA viene criticando la facturación mensual con lecturas de contadores bimestrales impuesta por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ya que sólo ha traído perjuicios para los usuarios.

Nueve de cada diez usuarios cree que la factura mensual les perjudica

El ministro de Industria, Miguel Sebastián, intentó justificarla con el contradictorio argumento de que fomentaría el ahorro energético ya que los usuarios conocerían la información sobre su consumo cada mes. En opinión de FACUA, todo fue una estrategia para que los usuarios tuvieran la sensación de que pagaban menos justo cuando el Gobierno se disponía aplicar importantes subidas tarifarias.

Y es que resulta obvio que ahora los usuarios no reciben una información del consumo real en ningún recibo: ni en el que incluye una lectura estimada del contador ni en el de la real, ya que en el segundo se suman o restan los kWh facturados de menos o más en la factura anterior.

De hecho, una encuesta realizada por FACUA en 2009 pone de manifiesto que el 91% de los usuarios consideraban que la factura mensual les perjudica. Además, siete de cada diez valoraban que les supone un peor control sobre su consumo eléctrico.

Los recortes a las fotovoltaicas afectan a 200 mil personas

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Published on: 09/03/2011

Los representantes del sector han convocado concentraciones frente al Congreso de Diputados

Las últimas cifras facilitadas por la Comisión Nacional de la Energía indican que de las 53.155 instalaciones afectadas por el Real Decreto Ley 14/2010, una “sensible mayoría corresponde a colectivos socioeconómicos muy diseminados en todo el territorio nacional” y están en manos de “particulares y familias” alcanzando a un colectivo superior de 200 mil personas que sufrirán un notable efecto “socioeconómico” negativo.

El RD que salió adelante el último mes de 2010 “particularmente afecta a aquellas regiones en las que la fotovoltaica se ha convertido en un claro vector de inversión, crecimiento económico y desarrollo social, como Canarias, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Comunidad Foral de Navarra, Andalucía, Extremadura y Castilla y León”, entre otras.

Ante esta situación, representantes de la Asociación empresarial Fotovoltaica (AEF), la Asociación de la Industria Fotovoltaica (Asif) y la Asociación de Productores de Energías Renovables (APPA) han entregado en el Congreso unas 10.000 cartas de productores afectados, medida con la que pretenden frenar la convalidación del RDL 14/2010 en el Parlamento o que, en caso de que sí salga adelante, lo haga como proyecto de ley.

Además, los empresarios fotovoltaicos también han coincidido en que, si el decreto recibe la luz verde parlamentaria, se producirá un importante daño para el amplio segmento de la población señalado, sin contar el descrédito nacional e internacional para nuestro país por la inseguridad jurídica que está provocando la permanente actitud cambiante del Ejecutivo con relación a este sector.

Por este motivo, las plataformas de apoyo a la energía fotovoltaica han convocado para estos días concentraciones cerca del Congreso para pedir a los Diputados que rechacen el RDL con medidas urgentes para el sector, entre ellas la que recorta el número de horas con derecho a prima de estas instalaciones solares.

Adicionalmente, AEF, ASIF y APPA han anunciado su intención de recurrir la norma ante todas las instancias jurídicas posibles, al considerar que incluye medidas “retroactivas”.

El Vicepresidente de la Asociación Europea por las Energías Renovables Eurosolar, Josep Puig, ha asegurado que “España está perdiendo su oportunidad de superar la crisis económica, pues los tres últimos Ministros de Industria han hecho todo lo que tenían en sus manos para destrozar el sector industrial que se había creado en los últimos años en torno a las energías renovables”.

Mercado liberalizado.

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Published on: 09/12/2010

Mercado liberalizado

Los principios generales sobre el suministro de energía eléctrica y las distintas opciones de contratación vienen recogidos en la Ley 54/1997, del sector eléctrico, y en su desarrollo normativo, principalmente el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y las disposiciones relativas a las tarifas.

En el artículo 9 de la Ley 54/1997, se recogen los sujetos que desarrollan las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica a que se refiere el artículo 1.1 de dicha Ley. Entre estos sujetos se encuentran los consumidores, que son las personas físicas o jurídicas que compran la energía para su propio consumo.

Las opciones para la contratación del suministro de electricidad son las siguientes:

Suministro de energía eléctrica en el mercado liberalizado

Desde el 1 de enero de 2003, todos los consumidores pueden adquirir la energía para su suministro en el mercado libre. Para la adquisición de la energía en el mercado existen varias posibilidades:

  1. Ir a través de una empresa comercializadora. Los consumidores deben abonar los peajes de acceso a las redes a las que se conectan y adquirir su energía en el mercado libre. En este caso, tanto la contratación del acceso como del suministro se realizaría a través de la comercializadora con la que el consumidor haya suscrito el correspondiente contrato.
  2. Como Consumidores Directos en Mercado, acudiendo directamente al mercado de producción. Si el consumidor desea comprar en el mercado de producción mediante cualquiera de las formas de contratación existentes (mercado diario, contrato bilateral físico) deberá previamente inscribirse en el Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Directos en Mercado como consumidor directo en mercado.

El acceso a las redes en estos casos se contrata directamente con la empresa distribuidora.

Para información sobre las tarifas en vigor, ir al apartado Revisiones de tarifas .

Suministro de último recurso (SUR)

El Real Decreto 485/2009, de 3 de abril, regula la puesta en marcha del suministro de último recurso en el sector de la energía eléctrica. En dicha norma se establece que, a partir del 1 de julio de 2009, se inicia el SUR realizado por los comercializadores de último recurso siguientes:

  • Endesa Energía XXI, S.L.
  • Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U.
  • Unión Fenosa Metra, S.L.
  • Hidrocantábrico Energía ültimo Recurso, S.A.U.
  • E.ON Comercializadora de Último Recurso, S.L.

A partir del 1 de julio de 2009 sólo podrán acogerse a tarifas de último recurso los consumidores de energía eléctrica conectados en baja tensión cuya potencia contratada sea inferior o igual a 10 KW.

Real Decreto 485/2009, de 3 de abril, por el que se regula la puesta en marcha del suministro de último recurso en el sector de la energía eléctrica [PDF] [128 Kb]

Corrección de errores del Real Decreto 485/2009 [PDF] [87 Kb]

Oficina de Cambios de Suministrador

De acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, tras la modificación mediante la Ley 17/2007, la Oficina de Cambios de Suministrador será responsable de la supervisión de los cambios de suministrador conforme a los principios de transparencia, objetividad e independencia. Para el ejercicio de su actividad la Oficina de Cambios de Suministrador tendrá acceso a las Bases de Datos de Consumidores y Puntos de Suministro de gas y de electricidad.

La Secretaría General de Energía autorizó el 1 de agosto de 2008 la Oficina de Cambios de Suministrador, sobre la que puede encontrar más información en su página web .

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